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Cualquier persona que no sea ciudadano de EE.UU. puede ser deportado de los Estados Unidos en caso de que él o ella se encuentra que ha violado las leyes de inmigración o las leyes penales. La promulgación de la Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996 permite a los jueces de inmigración a la orden de deportación después de lo que se denomina ” proceso de expulsión ” por muchas razones diferentes. Por ejemplo, aquellos que no son ciudadanos y que reciben una sentencia de cárcel de un año o más pueden ser deportados, incluso si la sentencia se suspende después. Bajo ciertas circunstancias, en caso de deportación, la persona no ciudadana puede ser excluida de haber entrado en los Estados Unidos de nuevo.
Deportación (también llamada ” eliminación “) se inicia cuando EE.UU. de Inmigración y Control de Aduanas emite un Aviso de comparecencia a un no ciudadano. El Aviso de Comparecencia, que contiene las razones de la deportación o expulsión, se presenta ante el tribunal de inmigración también.
Si usted es un extranjero que recibe una notificación de comparecencia, el juez de inmigración le preguntará si usted está listo para proceder con el caso en la primera audiencia, o si usted necesita tiempo para obtener los servicios de un abogado. Debido a que estos procedimientos son complicados y pueden tener graves consecuencias, es mejor encontrar un abogado de inmigración con conocimientos para ayudar a usted en lugar de tratar de representarse a sí mismo.
Después de un abogado está bien asegurado o ha elegido para continuar sin la asistencia jurídica, que aparecerá en otra audiencia en la que se le preguntará acerca de la información en el Aviso de Comparecencia. Si el juez determina que la información de la notificación de comparecencia es cierto y usted puede ser deportado, puede entonces solicitar una forma de alivio de la deportación.
Hay varias formas de alivio de remoción. Uno de ellos es el ajuste de estatus, por el cual un archivos de inmigrantes para obtener la residencia permanente legal. Un ajuste de estatus no está disponible para los inmigrantes ilegales, a los que han violado su visa, u otros que no aparecían en la primera audiencia de deportación. Otra forma de alivio de la deportación es buscar asilo. Los inmigrantes que no pueden regresar a su país de origen debido a persecución en el pasado o la amenaza de la persecución por motivos de raza, nacionalidad, religión u opiniones políticas y que cumplen con otros criterios pueden solicitar asilo. Titulares de residencia que han estado en el país durante siete años y poseer un historial limpio pueden ser elegibles para otra forma de alivio de la deportación conocida como la cancelación de deportación.
Una audiencia individual se lleva a cabo si se desea obtener el alivio de la deportación. No es posible dar testimonio y pedir testigos a declarar en su nombre. El Departamento de Seguridad Nacional también le admitirá prueba. Sobre la base de los testimonios y pruebas presentadas, el juez de inmigración o bien hace una decisión oral o escrita.
Si el juez ordena que sean deportados, dentro de los 30 días después de la decisión se puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Si el BIA también decide en contra de usted, usted puede apelar a la Corte de Apelaciones de EE.UU., mientras que el Departamento de Seguridad Nacional puede apelar una decisión de la audiencia no favorable en el nivel inferior, puede no apelar la decisión desfavorable de la BIA. Usted puede apelar a la Corte Suprema de los Estados Unidos después de una decisión de apelación. Hay movimientos adicionales que puede presentar, pero no le impiden automáticamente de ser deportados de la manera que una apelación el tribunal de inmigración puede.
Los riesgos involucrados en el proceso de deportación son muy altos; los sujetos a la eliminación del riesgo de separación audiencias de sus familias y comunidades, la pérdida del empleo, y el fin de su modo de vida. Si usted o un ser querido está enfrentando la posibilidad de deportación, le recomendamos que se ponga en contacto con los experimentados abogados de inmigración de Maryland en la oficina de Anthony A. Fatemi, LLC para obtener ayuda. Llámenos al (301) 519-2801, o envíe nuestro formulario de contacto en línea hoy.